9/5/15

Irresponsabilidad de Intermediarios

Esta semana que termina ocurrieron ciertos acontecimientos que reafirman una tesis que se viene sosteniendo hace tiempo: los intermediarios en Internet son irresponsables! Pero cuidado, léase bien: son "i-responsables", en sentido literal: no son responsables. Para quien no esté muy al tanto de los temas que hacen a la regulación de Internet, bien vale una mínima aclaración: no son responsables por los contenidos que no crean. Y tal vez, corresponde otra aclaración para comprender mejor lo que digo: de acuerdo a una definición de la OCDE, "los intermediarios en Internet facilitan o cooperan en las transacciones entre terceras partes en Internet. Ellos dan acceso, alojamiento, transmiten e indexan contenidos, productos y servicios originados por terceras partes en Internet o proveen servicios de Internet a terceras partes."

Los acontecimientos internacionales son fundamentalmente dos: tanto en la celebración del día mundial de la libertad de prensa establecido por UNESCO y celebrado el 3 de mayo en Riga, Latvia, como en la reunión de la "Coalición para la libertad online" llevada a cabo entre el 4 y 5 del mismo mes en Ulaanbaatar, Mongolia, se presentaron los "Principios de Manila." Estos seis principios, lanzados formalmente en abril de este año, son consecuencia de una iniciativa global desarrollada por académicos y organizaciones de la sociedad civil, que consiste en una guía de principios y buenas prácticas para limitar la responsabilidad de intermediarios y con ello promover la libertad de expresión y la innovación. El principio 1 determina que los intermediarios deben estar protegidos por ley de la responsabilidad por contenidos de terceros. Además, este principio explica que los Intermediarios nunca deben ser requeridos de monitorear contenidos de manera proactiva como parte de un régimen de responsabilidad de intermediarios.

Pasemos ahora a otro acontecimiento importante, en este caso en Argentina: la Sala 1 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, confirmó el sobreseimiento de Alberto Nakayama, Matias Botbol y Hernán Botbol, entre otros. Tal vez sus nombres no sean lo que nos conecta con el tema de los intermediarios, salvo que recordemos que ellos fueron los imputados por caso conocido como "Taringa".


En la decisión de la Cámara, el reflejo con lo que establecen los "Principios de Manila" son evidentes. Los jueces argentinos sostuvieron que los contenidos cuestionados por la denuncia como ilegales se ubicaban a través de links direccionados por Taringa, es decir, que no eran parte del contenido de ésta, sino material ajeno. Por esta razón, los magistrados sostuvieron "que no se verifica una conducta positiva de reproducción ilegitima de obra ajena, ni una violación al deber objetivo de cuidado en tanto [...] no existe una obligación de verificar ex ante el material de intercambio, sino posteriormente cuanto éste resulte denunciado.”

En definitiva, los intermediarios son irresponsables. Pero, hay que decirlo: también son irresponsables - por no cumplir con responsabilidad, esto es, con un cuidado estudio de lo que hacen - quienes en el ámbito del Congreso han elaborado proyectos de ley que postulan que los intermediarios sean responsables.



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