11/2/14

Internet and Human Rights

The National Institute of Human Rights (INDH by its Spanish acronym) was established in Chile by law in 2009. The Institute publishes information regarding up-and-coming topics, and its last research project, which I had the opportunity and honor to collaborate on, focused on ‘’Internet and Human Rights’’.

This latest piece addresses a variety of topics: it begins with a historical overview of the Internet and an explanation of the basic aspects of communications infrastructure and Internet infrastructure. Next, it briefly elaborates on matters currently relevant: access to the Internet as a human right or, as a facilitator of human rights.

Before analyzing those human rights where the Internet is most pertinent, the investigation introduces the Charter on Human Rights and principles for the Internet, developed by the Dynamic Coalition on Internet Rights and Principles within the framework of the Internet Governance Forum. The INDH piece points out that the Charter, ‘’can turn out to be a useful tool when designing regulations focused on assuring an extensive implementation of human rights on the Internet’’.

The investigation analyzes the rights to freedom of expression and opinion, access to information, the right to non discrimination and the right to privacy and reputation. Within this framework, the investigation explores the greatest threats to freedom of expression on the Internet, amongst them policies on filtering and blocking. The investigation also addresses issues related to anonymity on the Internet and its relation to freedom of expression. Finally, the investigation discusses the topic of network neutrality.

As this document articulates in its conclusions, ‘’we find ourselves in a time when the question on how to regulate the Internet so it simultaneously promotes and protects human rights is a recurring one’’. This question will surely come up in discussions within the numerous international events that are to take place in the following months. The work INDH published -in Spanish- sought to, and has given pointers on how to respond to this question.




9/2/14

El "linchamiento mediático": un concepto peligroso para la libertad de prensa

La semana pasada, el jefe de Gabinete de Ministros de la República Argentina, Jorge Milton Capitanich, dijo en una conferencia de prensa que "ha habido una sistemática persecución y linchamiento mediático" del Vice-Presidente de la Nación Amado Boudou. Las declaraciones ocurrieron luego que un fiscal federal pidiera la declaración indagatoria del Vice Presidente en un proceso penal donde se investigan posibles actos de corrupción. Escuchar al Jefe de Gabinete me causó preocupación por la utilización del concepto "linchamiento mediático", sobre todo por el alto rango de quien lo expresaba. Este es un concepto que encierra una comprensión errada de la libertad de prensa en una democracia, y, además, es un concepto que no existe -por suerte- en la normativa Argentina.

En primer lugar, cuando digo que el concepto "linchamiento mediático" va a contramano de la libertad de prensa, lo sostengo fundamentalmente porque desde hace años la jurisprudencia interamericana ha establecido que  los funcionarios públicos tienen todas las herramientas, incluso mediáticas, para contrarrestar las críticas que consideran injustas. Las palabras de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en un caso resuelto hace una década son más que elocuentes al respecto: "el acento de este umbral diferente de protección no se asienta en la calidad del sujeto, sino en el carácter de interés público que conllevan las actividades o actuaciones de una persona determinada. Aquellas personas que influyen en cuestiones de interés público se han expuesto voluntariamente a un escrutinio público más exigente y, consecuentemente, se ven expuestos a un mayor riesgo de sufrir críticas, ya que sus actividades salen del dominio de la esfera privada para insertarse en la esfera del debate público"

En segundo lugar, si bien es cierto que el concepto no está regulado en Argentina, no es menos cierto que hay ejemplos contrarios en países de la región. Justamente por ello son preocupantes las declaraciones del Jefe de Gabinete. En Ecuador, por ejemplo, se han regulado sanciones para lo que llaman el "linchamiento mediático" entendido como la difusión de información que sea producida de forma concertada y publicada reiterativamente a través de uno o más medios de comunicación con el propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública. No hace falta un desmenuzado análisis jurídico de la norma ecuatoriana para advertir que su vaga redacción implica, directamente, un obstáculo para cualquier crítica a funcionarios públicos. Si el jefe de redacción de un medio, acuerda con uno de sus periodistas de investigación, una publicación en varias notas donde escribe sobre hechos que ha investigado y que como consecuencia pueden reducir la credibilidad de uno o más funcionarios, podrían verse obligados a disculparse públicamente, o incluso podrían ser sancionados, aún cuando esos hechos sean ciertos. 

Por las razones explicadas, las expresiones del Jefe de Gabinete han sido, cuanto menos, desafortunadas, y es de esperar que a nadie se le ocurra seguir en Argentina ejemplos como el ecuatoriano. Es muy importante que los funcionarios cuiden en sus discursos el mensaje que transmiten, y, particularmente en este caso, donde el contexto latinoamericano ha demostrado que el "linchamiento mediático" puede transformarse en una prohibición legal.

Para terminar, una suerte de addenda: por supuesto, el Jefe de Gabinete tiene libertad de expresarse y su práctica de hablar con los medios debe anotarse como un dato positivo. Pero la responsabilidad de las palabras que usa es mayor por ser un funcionario de alto rango. Para finalizar, cito nuevamente a la Corte Interamericana que ha explicado claramente las razones de ese mayor cuidado: “En una sociedad democrática no sólo es legítimo, sino que en ocasiones constituye un deber de las autoridades estatales, pronunciarse sobre cuestiones de interés público. Sin embargo, al hacerlo están sometidos a ciertas limitaciones en cuanto deben constatar en forma razonable, aunque no necesariamente exhaustiva, los hechos en los que fundamentan sus opiniones, y deberían hacerlo con una diligencia aún mayor a la empleada por los particulares, en razón de su alta investidura, del amplio alcance y eventuales efectos que sus expresiones pueden tener en ciertos sectores de la población, y para evitar que los ciudadanos y otras personas interesadas reciban una versión manipulada de determinados hechos. Además, deben tener en cuenta que en tanto funcionarios públicos tienen una posición de garante de los derechos fundamentales de las personas y, por tanto, sus declaraciones no pueden desconocer éstos ni constituir formas de injerencia directa o indirecta o presión lesiva en los derechos de quienes pretenden contribuir a la deliberación pública mediante la expresión y difusión de su pensamiento. Este deber de especial cuidado se ve particularmente acentuado en situaciones de mayor conflictividad social, alteraciones del orden público o polarización social o política, precisamente por el conjunto de riesgos que pueden implicar para determinadas personas o grupos en un momento dado”.


19/1/14

La reforma de Obama no convence

El viernes 17 de enero, el Presidente de los Estados Unidos, Barak Obama, pronunció un esperado discurso donde anunció reformas a las regulaciones y prácticas sobre vigilancia y espionaje por parte de los servicios de inteligencia de su país. El anuncio era esperado fundamentalmente por el escándalo que se generó a partir de las revelaciones de Edward Snowden que expusieron abusos por parte de la Agencia Nacional de Seguridad (NSA por sus siglas en inglés). Las reformas que propuso Obama, si bien son bienvenidas, resultan insuficientes para asegurar que abusos y violaciones de derechos fundamentales no ocurran nuevamente.

Las reformas propuestas - que no desarrollo en detalle en esta nota - son insuficientes para resolver dos de las preocupaciones más importantes vinculadas con la defensa de derechos humanos. Por un lado, el problema de la recolección masiva de información de personas dentro y fuera de los Estados Unidos; y por el otro, no se han dado señales que quienes no son ciudadanos de ese país tengan garantías de que no serán vigilados sin órdenes judiciales.

Es cierto que las reformas propuestas son un avance por cuanto resuelven  incrementar la transparencia y el control de las acciones vinculadas con la vigilancia. Sin embargo, los cambios no parecen haber sido diseñados teniendo en cuenta los derechos humanos como centro del debate. Por el contrario, parecería que la "seguridad nacional" sigue siendo la luz que ilumina las reformas y de allí se explica que no se resuelva un problema que a esta altura es conceptual: la recolección masiva de datos de las personas viola el derecho a la privacidad. Es bienvenido que el Presidente Obama haya sostenido su compromiso por la defensa de este derecho de manera global. Pero la reforma que propuso no está en línea con esa afirmación.

El escándalo de las actividades de la NSA provocó la continuación de la caída de la autoridad moral de los Estados Unidos como defensor de derechos fundamentales. La creación de una comisión especial para analizar lo ocurrido con la NSA y proponer reformas, conformada por personas de alto prestigio -los constitucionalistas Cass Sunstein y Geoffrey Stone, entre otros- fue una reacción adecuada ante lo sucedido. Tiene razón el Presidente Obama cuando expresamente en su discurso dijo que debates de este tipo serían impensables en países como Rusia o China, donde el espionaje y la censura en Internet son constantes. En verdad, si hubiera mirado un poquito al sur y a su continente, podría haber agregado en esa lista por ejemplo a Venezuela, donde los intentos de controlar el flujo de información en la red y de instalar tecnología para la vigilancia se han incrementado en los últimos tiempos.

Como decía al comienzo, lamentablemente los cambios que propuso el Presidente norteamericano son, aunque bienvenidos, insuficientes. Si los Estados Unidos quiere nuevamente ponerse al frente de los países que defienden la libertad y el respeto de los derechos fundamentales en Internet, debería demostrarlo no sólo con una reforma más profunda sino también en la práctica. Veremos si ello sucede.