La Sra.
Presidenta de Argentina se refirió esta semana en las Universidades de Georgetown y Harvard a los delitos contra el honor (calumnias e injurias) que fueron
objeto de reforma en 2009 a través de la Ley 26.551. La reforma fue efectiva
para reducir la criminalización de la expresión en Argentina. Sin embargo, a pesar de ese cambio
normativo, persiste la utilización del derecho penal para perseguir expresiones
de interés público. Los datos de los juzgados ordinarios y federales relevados
por el CELE en la investigación “Calumnias e Injurias: a dos años de la Reforma
del Código Penal” demuestran
que funcionarios públicos siguen utilizando el código penal para defender
supuestos ataques al honor a pesar de la ley mencionada.
A partir del
análisis realizado en el estudio del CELE pueden generarse algunas hipótesis de
por qué la reforma no logró erradicar las querellas vinculadas con expresiones
de interés público a dos años de su implementación. Un motivo, vinculado con la
propia redacción de la reforma, puede ser la falta de definición del término
“interés público”, que otorga a los jueces cierta discreción respecto de qué
expresión constituiría delito y cual no. Otro motivo, vinculado a la propia
estructura de la reforma, puede vincularse con la necesidad subsistente de
abrir el caso a prueba para determinar la existencia o inexistencia del interés
público en la expresión. Si lo que se pretendía era que ciertas querellas
fueran rechazadas in-limine por
considerarse a la conducta excluida del tipo penal, la necesidad de analizar la
expresión en busca del interés público sería en principio incompatible con el
objetivo perseguido.
La nueva
legislación en Argentina, si bien es un avance, por su redacción puede seguir invitando al abuso tal como demuestra el
estudio del CELE que se presentó ayer en la Universidad de Palermo y que fue objeto
de una extensa nota
periodística en el diario La Nación. La necesidad de entrar judicialmente
en una discusión respecto del interés público de la expresión es, en sí
misma, contradictoria con los
fines propios de la reforma, entre los cuales figura la eliminación del efecto
amedrentador no sólo de las condenas sino de los propios procesos penales. Los
resultados de la investigación del CELE permiten concluir que la
despenalización de la expresión de interés público sirvió de incentivo para la
reducción en el número de causas presentadas pero no logró, como se pretendía y
al menos hasta ahora, la eliminación total de la persecución penal de expresiones
de interés público.
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