6/7/13

¿Carcel o Protección para Snowden?

Si tuviera que explicarle a Usted, lector, quién es Edward Snowden, le pido que no siga leyendo esta nota. No lo haré y mi único consejo sería que lea con más atención los diarios de cualquier lugar del mundo.

Pero si Usted, lector, sabe quién es Edward Snowden, y aunque no sepa donde ese encuentra en este momento, tal vez se haya hecho, como yo, en algún momento la pregunta: ¿merece ir a la cárcel o merece ser protegido?

Para responder la pregunta recordé un documento que suscribí hace muchos años (en 2004 para ser más preciso) junto con mis entonces colegas Ambeyi Ligabo y Miklos Harastzi. Allí, en una declaración conjunta como relatores para la libertad de expresión de la ONU, de la OSCE y de la OEA, dijimos que:

“Los denunciantes de irregularidades ("whistleblowers"), son aquellos individuos que dan a conocer información confidencial o secreta a pesar de que tienen la obligación oficial, o de otra índole, de mantener la confidencialidad o el secreto. Los denunciantes que divulgan información sobre violaciones de leyes, casos graves de mala administración de los órganos públicos, una amenaza grave para la salud, la seguridad o el medio ambiente, o una violación de los derechos humanos o del derecho humanitario deberán estar protegidos frente sanciones legales, administrativas o laborales siempre que hayan actuado de "buena fe".

Obviamente esta idea, lejos de ser original, se encuentra en muchos otros documentos, con igual o mayor valor en el derecho internacional. Por ejemplo está recogido en los nuevos Principios de Tshwane en Seguridad Nacional y el Derecho a la Información.

Si bien soy conciente que me faltan datos acerca dela intención de Snowden y, sobre todo, para evaluar su buena fe cuando cuenta lo que sabe, pienso que, por ahora, la respuesta correcta a la pregunta planteada al comienzo debe inclinarnos a apoyar su protección antes que la cárcel. Y si esta afirmación es correcta, dejo flotando otra pregunta: por lo que conocemos del programa PRISM y la cantidad de personas involucradas en él, ¿cuántos otros "Snowden" empezarán a contar lo que saben y pedirán protección?

2 comentarios:

  1. El problema es el de valoración de la buena fe; por una parte, es un concepto cuyo contenido presenta dificultades de determinación -de hecho, es de los que se delimitan mejor por oposición- y por la otra, ¿quién va a juzgar en estos casos si existe o no? El gobierno afectado bien podría sostener que no actúa de buena fe quien viola el deber de confidencialidad al que está sometido el personal de inteligencia y con base en eso, solicitar una captura internacional a un juez de su país. Eso determina que en el actual contexto internacional, todo lo bueno de la valiosa declaración conjunta de los relatores se vea enervado por cuestiones fácticas, como tantas veces ocurre con derechos sustantivos. Este tipo de cuestiones termina resolviéndose políticamente, en el ajedrez de las jugadas de asilo.

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  2. Me parece que el concepto de buena fe que usás no es el que está pensado en el documento porque si ese fuera parecería quedar vacío de contenido.

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