27/4/14

Sobre NETmundial 2014

La semana pasada se desarrolló en San Pablo, Brasil, la "Reunión Global de las Múltiples Partes Interesadas sobre el Futuro de la Gobernanza de Internet" -NETmundial. De acuerdo a los documentos oficiales, esta reunión fue una iniciativa conjunta del Comité Gestor de Internet en Brasil (CGI.br) y /1Net, el foro que reúne a las entidades internacionales de los distintos sectores que participan en la gobernanza de Internet.

El objetivo que se anunció previo al encuentro había sido el centrarse en la elaboración de principios de gobernanza de Internet y en proponer un camino a seguir para la futura evolución del ecosistema de gobernanza de Internet. Tal como se anunció desde el sitio oficial "NETmundial es el inicio de un proceso de construcción de estas políticas en el contexto global, siguiendo un modelo de pluralidad participativa."

Al término del encuentro, distintas organizaciones de la sociedad civil que participaron produjeron el documento que transcribo a continuación (la versión original está en inglés y puede encontrarse aquí).

La gobernanza de Internet es uno de los temas más importantes de la agenda internacional, y resulta importante que desde la academia, el sector privado y la sociedad civil se preste la debida atención a las futuras reuniones que se realizarán sobre el tema, entre ellas, y tal vez la más importante, el Internet Governance Forum que este año se realizará en Estambul en el mes de septiembre.

Declaración final de la Sociedad Civil en NETmundial 2014

Nos gustaría dar las gracias al Gobierno de Brasil por la organización de la Reunión Global de las Múltiples Partes Interesadas sobre el Futuro de la Gobernanza de Internet .

Nosotros, como grupo diverso de organizaciones de la sociedad civil de todo el mundo, apreciamos haber sido parte del proceso.

Sin embargo, nos sentimos decepcionados porque el documento final no refleja adecuadamente nuestras principales preocupaciones.

La falta de reconocimiento de la neutralidad de la red en NETmundial es profundamente decepcionante.

La vigilancia masiva no ha sido suficientemente denunciada por ser incompatible con los derechos humanos y el principio de proporcionalidad.

Y a pesar de que el texto sobre la responsabilidad de los intermediarios de Internet es importante, la falta de garantías del debido proceso podría afectar los derechos de libertad de expresión y de privacidad.

Creemos que este documento no ha ido más allá del status quo en cuanto a la protección de los derechos fundamentales y del balance del poder e influencia de diferentes grupos de interés.




23/4/14

An Internet Policy Commission in Argentina: Good news, but ...

On April 22, the Official Gazette of the Republic of Argentina published Resolution No. 13/2014 by the Secretariat of Communications of the Ministry of Federal Planning, Public Investment and Services. By that resolution, the ARGENTINA INTERNET POLICY COMMISSION (AIPC) is created within the SECRETARIAT OF COMMUNICATIONS "to establish its rules of procedure, to coordinate the participation of the various stakeholders and to design a national strategy on Internet and governance." It should be considered good news the decision of the Government to create a specific office to develop Internet policy. In Argentina, it was necessary because, to be honest, it is difficult to determine a concrete public policy in this area, which is frequently subjected to regulatory measures from various government offices. Concentrating initiatives or plans in a single entity to give way to broad and serious discussion can yield positive results. But we must closely follow the steps taken by the Commission recently created. Here, I propose some suggestions in order to contribute to the success of the committee and prevent it from becoming a useless bureaucratic entity.

First, there is an ongoing very important international meeting in San Pablo, Brazil -Net Mundial-, these days that was called to discuss the future of Internet governance. Without regard to the outcome, the meeting is important because there are not only government representatives discussing the matter at hand. The governance that we defend on the Internet is based on a model of multi-stakeholder supervision that brings together governments, businesses, academics, technicians and representatives of civil society, and NGOs related to the subject. The Commission created in Argentina, should follow this model, and one of the first steps should be to form a panel discussion that brings together these sectors and gives them effective, not only formal, participation.

Second, in the preamble to the resolution, the potential treatment of different topics by the Commission which go beyond Internet governance are included. Among them is a range of topics including cyber crime, net neutrality, and the domains related problems. These issues often are part of what we commonly call "Internet regulation." Respect for human rights should be put at the centre of public policies in these areas. Doing anything differently could be very dangerous. Therefore, I propose that the Commission should
carry out a human rights impact assessments prior to the formal submission of draft laws or administrative rules linked to Internet regulation. This is key for the Commission to function properly. 

Third, it is important that the resolution assumes, at least implicitly, the deficit of official representation in major forums that Argentina has shown in recent years. Without detracting from the advisors of the Ministry of Foreign Affaires and other officials coming from the Secretariat of Communications who have participated in recent meetings, the truth is that at the "Internet Governance Forum" -IGF-, the most important forum dedicated to discussing issues of governance and regulation created under the auspices of the United Nations, and at the meeting held in Brazil, even with the attendance of the Secretary of Communications for the first time in this type of events, Argentina has lacked high-level delegations and has not had a major voice in the debates. This was most likely due to the absence of a clear national policy on these issues. Therefore, it is essential that the Commission works in partnership with multiple stakeholders in the field, and as stated in the resolution, works to "provide support and contribute to more and better Argentine representation at international forums and events."

In short, the creation of this Commission should be welcome. But we have to see how its work will be implemented before we cheer.

Una Comisión de Políticas de Internet: en buena hora, pero...

El 22 de abril salió publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución Nº13/2014 de la Secretaría de Comunicaciones dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. Mediante esa resolución se crea la COMISION ARGENTINA DE POLITICAS DE INTERNET (CAPI), en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES "que elaborará su Reglamento de Funcionamiento Interno, a fin de articular la participación de los distintos actores y diseñar una estrategia nacional sobre Internet y su gobernanza". En buena hora que desde el Gobierno se cree un ámbito específico para formular políticas de Internet. En Argentina ello era necesario porque, para ser sinceros, es difícil determinar cuál es la política pública en esta materia, sin perjuicio de chispazos regulatorios que han venido desde distintas oficinas gubernamentales durante los últimos años. Concentrar esas iniciativas o planes en un sólo ente para darles discusión amplia y seria puede dar resultados positivos. Pero habrá que seguir de cerca los pasos que tome la Comisión recientemente creada. Aquí propongo algunas sugerencias para contribuir al éxito de la oficina y para evitar que se transforme en un ente burocrático inútil.

En primer lugar: en estos días se celebra una reunión internacional muy importante en San Pablo, Brasil, para discutir posibles futuras pautas de regulación del gobierno de Internet. Sin perjuicio de los resultados de esa reunión, su convocatoria fué más allá de lo que ocurre en típicas reuniones organizadas por Gobiernos, esto es, que sólo representantes de gobierno discuten. La gobernanza que defendemos en Internet está basada en un modelo de gobernanza de múltiples partes interesadas que reúnen en una misma mesa a gobiernos, empresas, académicos, técnicos y representantes de la sociedad civil, generalmente ONGs vinculadas a la materia. La Comisión creada en Argentina, debería seguir este modelo, y uno de sus primeros pasos debería ser conformar una mesa de discusión que reúna a estos sectores y que les otorgue una participación efectiva y no meramente formal.

En segundo lugar, en los considerandos de la resolución se incluyen distintos tópicos de potencial tratamiento por la Comisión, que van más allá de la gobernanza de Internet. Entre ellos se encuentra un arco de temas que va desde los ciberdelitos, hasta la neutralidad de la red, pasando por los mecanismos de asignación de dominios. Estos temas muchas veces se enmarcan dentro de lo que comunmente llamamos la "regulación de Internet". Impulsar políticas públicas en estos ámbitos debe poner en el centro del diseño de esas políticas el respeto a los derechos humanos. Hacerlo de una manera distinta podría se muy peligroso y por ello propongo que para el funcionamiento de la Comisión sea obligatorio realizar “estudios técnicos de impacto en derechos humanos” –ETIDH- como paso previo a la presentación formal de proyectos de ley o de normas administrativas que se vinculen con la regulación de Internet.

En tercer lugar, es importante que la resolución se hace cargo, al menos de manera implícita, de un déficit de Argentina en su representación oficial en los foros más importantes que se han realizado en los últimos años. Sin desmerecer a quienes como asesores de la Cancillería o funcionarios de segunda línea de la Secretaría de Comunicaciones participaron en algunos de esos encuentros, lo cierto es que tanto en el "Internet Governance Forum", el ámbito más importante de discusión sobre temas de gobernanza y regulación creado con auspicio de las Naciones Unidas, como en la reunión que se realiza en Brasil en estos días -aún con la presencia del Secretario de Comunicaciones por primera vez en este tipo de encuentros-, Argentina ha carecido de delegaciones de alto nivel y no ha tenido una voz importante en los debates. Ello posiblemente se debió a la inexistencia de una clara política pública nacional en estos temas. En consecuencia, será fundamental que la Comisión trabaje, en conjunto con los múltiples actores interesados en la materia, y como lo dice la resolución, para  "brindar soporte técnico y contribuir a una mayor y mejor representación de la REPUBLICA ARGENTINA en los foros y los organismos internacionales".

En definitiva, la creación de esta Comisión debe ser bienvenida. Pero tenemos que esperar su implementación y funcionamiento para finalmente poder aplaudir sin ninguna duda sus resultados.

18/4/14

Un nuevo retroceso a la libertad de expresión: reflexiones sobre un proyecto de ley de "convivencia en las manifestaciones públicas".

En el año 2005, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA, incluyó en el informe anual de la oficina -que fue aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos- el capítulo LAS MANIFESTACIONES PÚBLICAS COMO EJERCICIO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y LA LIBERTAD DE REUNIÓN. Dada la discusión en estos días sobre un proyecto presentado en la Cámara de Diputados del Congreso Argentino, reseño aquí algunos aspectos de ese informe del que participé siendo Relator y que me parecen un aporte para esa discusión intercalando mi opinión actual sobre el proyecto argentino ahora en debate.

El informe de la Relatoría explica que las regulaciones de las manifestaciones públicas pueden ser de distintos tipos: legislativas, administrativas, de los agentes públicos al momento del acto, o judiciales.

Respecto de las regulaciones legislativas, ellas consisten en los actos legislativos que restringen ya sea la hora, el lugar o la manera en la que se puede llevar a cabo una manifestación, sobre la base de que el derecho a usar las calles, los parques o las plazas no es completamente ilimitado. En el informe aprobado por la CIDH la Relatoría consideró que para que dichas limitaciones respeten los estándares de protección de la libertad de expresión y de la libertad de reunión, ellas no deben depender del contenido de lo que se vaya a expresar a través de la manifestación y deben servir a un interés público.

Es preocupante que en el proyecto en debate, por ejemplo, se exija una notificación previa a la autoridad policial que indique el "objeto de la manifestación" (art. 7 del proyecto) con una explicación clara del reclamo (art.8). Si el contenido es irrelevante, esta solicitud es a todas luces improcedente, aún cuando se la pida a los fines de una "mediación", que es obligatoria, y que si se extiende en el tiempo transforma a la manifestación en ilegítima!

En ese sentido, es muy preocupante que se haga una clasificación entre manifestaciones "legítimas" e "ilegítimas" sin hacer referencia al interés público. Muchas de las manifestaciones que podrían clasificarse como ilegítimas, de acuerdo al proyecto presentado, podrían servir a un interés público. Por ejemplo, podemos fácilmente imaginar ejemplos de manifestaciones que tienen un interés público aún cuando no se hubiera hecho la notificación previa -por la razón que fuera sobre todo teniendo en cuenta el plazo para pedirla de 48hs- o cuando de manera excepcional se impida el normal funionamiento de un servicio público. Si hay un interés público de por medio, de ninguna manera en estos casos la manifestación es ilegítima, a contrario de lo que surge del proyecto de ley presentado.

El proyecto argentino exige una notificación previa (art.5.e). El informe de la Relatoría explicó, con citas a la Corte Constitucional de Colombia y al Comité de Derechos Humanos de la ONU, que la exigencia de una notificación previa a la manifestación no vulnera per se  ni el derecho a la libertad de expresión ni el derecho a la libertad de reunión. Sin embargo, la exigencia de una notificación previa no debe transformarse en una suerte de exigencia de un permiso previo. En el proyecto, ello ocurre porque la falta de notificación transforma la manifestación en ilegítima. En otras palabras: una manifestación es legítima si recibe tal calificación, y esa calificación la recibe si hubo una notificación previa. Por ello la notificación tiene el efecto de un permiso.

Por estas razones, este proyecto, de sancionarse como ha sido presentado, significa un nuevo retroceso a la libertad de expresión. Digo nuevo porque ya consideré un retroceso el -muy discutido recientemente- anteproyecto de reforma al código penal en lo que se refiere a los delitos contra el honor -al cuál hice referencia en otra nota publicada en mi blog-. Esperemos que el gobierno del la Presidenta Fernandez de Kirchner, en el tiempo de mandato que le queda, detenga la trayectoria que demuestran este tipo de iniciativas, y que, además, contradicen claramente las políticas positivas que sobre esta materia se habían dado.