29/11/14

Aplicaciones en Internet: no lloren por mi en Argentina!*

Imaginemos una escena normal en nuestra vida cotidiana: Usted despierta un día en Buenos Aires y quiere recordar un video que vio en YouTube hace unos meses; intenta ingresar a esa aplicación en Internet pero recibe este mensaje: YouTube no cuenta con licencia para operar en Argentina como Tecnología de Información y Comunicación (TIC). Licencia para YouTube? Puede que Usted piense que está soñando, pero no es así: si se aprueba el proyecto de ley "Argentina Digital" esto podría ocurrir. Y no sólo con YouTube... la ley define a las TICs de manera amplia y las obliga a tener licencia para operar. ¡No lloren por mi en Argentina, aplicaciones (TICs) en Internet!

Para ser claro: modernizar la ley de telecomunicaciones en Argentina es necesario. Son legítimos los objetivos de cualquier iniciativa para garantizar, por ejemplo la neutralidad de la red o el acceso a Internet de la población. Pero cuando esta ley se hace a las apuradas, los resultados pueden traer consecuencias ridículas. La definición de TICs que agregó una Comisión en el Senado es copiada de la ley Colombiana. Pero en Colombia no se exige licencia para los casos de las TICs. "Cortar y Pegar", si no se hace con cuidado y conocimiento es peligroso. Pero es lógico que ello haya ocurrido, porque para revisar un mal proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo la Comisión tomó tan sólo dos semanas. Sobre las razones del apuro, sólo pueden conjeturarse razones políticas para complacer a la Presidenta en su propio apuro en tener esta ley.

No es mi deseo aburrir citando más deficiencias técnicas del proyecto "Argentina Digital", que, a decir verdad, ha recibido una enorme oposición de sectores académicos, de la sociedad civil y del sector privado. Una crítica recurrente han sido los enormes poderes que se le da a una Autoridad de Aplicación que será designada después de sancionada la ley y su creador será el Poder Ejecutivo. Y, para volver al principio, esa será la Autoridad que podrá o no conceder las licencias a las aplicaciones en Internet, para citar sólo un ejemplo de todo lo que podrá hacer con nuestra vida cotidiana.

Pero el proyecto "Argentina Digital" es uno más de un conjunto de iniciativas vinculadas con la regulación de Internet que empezaron a florecer en nuestra primavera.

Por ejemplo, la Cámara de Diputados aprobó con poco debate a la medianoche de una maratónica sesión donde se discutieron una veintena de proyectos el 12 de noviembre,  un proyecto impulsado por un Diputado del oficialismo que prohíbe avisos o publicaciones que hagan referencia “explícita o implícita” a la solicitud de personas destinadas al comercio sexual, por cualquier medio de comunicación. El objetivo puede aparecer a primera vista legítimo. Pero cuando advertimos que una Autoridad de Aplicación -sí, de nuevo una Autoridad de Aplicación que se designa después de sancionada la ley- podrá monitorear todos los medios de comunicación para detectar estos mensajes de oferta sexual podremos anticipar lo peligroso que puede tornarse dar por ley la posibilidad de monitoreo de la red.

Hay más proyectos de ley de este tipo, por ejemplo, sobre el "derecho al olvido" o sobre la lucha contra actos discriminatorios en línea, entre otros.

Una buena pregunta para hacerse es cómo llegamos a esta situación. Una mejor respuesta puede encontrarse en la combinación, por un lado, del desconocimiento de cuestiones técnicas por parte de quienes impulsan proyectos de ley como el mencionado antes; y, por el otro, del interés de subirse a la ola mundial que debate temas sobre regulación de Internet. Por supuesto que este último interés es legítimo. Más obvio resulta afirmar que los objetivos anunciados de estas leyes son también legítimos. Pero la regulación de derechos en la era digital requiere de la prudencia y la experticia necesaria para prevenir resultados no deseados, o aún peor, violaciones de derechos fundamentales, como las que podrían ocurrir de aprobarse proyectos de ley como los aquí mencionados.

* Esta nota fue originalmente publicada en inglés en The Huffington Post. Agradezco la colaboración de Sophia Sadinsky que la hizo posible.

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