24/7/12

La regulación de Internet y la necesidad de “estudios técnicos de impacto en DDHH” –ETIDH-: una propuesta para debatir en América Latina



Un reciente documento de la Iniciativa por la Libertad de Expresión en Internet –iLEI- del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información –CELE- analizó el creciente interés de los gobiernos en monitorear la red. Ese interés se traduce en propuestas de regulación que, a pesar de las buenas intenciones en que se basan, conllevan consecuencias negativas en caso de aprobarse e implementarse, específicamente para derechos fundamentales como la privacidad y la libertad de expresión. Para evitarlo proponemos la obligatoriedad de realizar un “estudio técnico de impacto en derechos humanos” –ETIDH- como paso previo a la presentación formal de los proyectos de ley o de normas administrativas.

En buena medida, nos lanzamos al estudio que publicamos desde el iLEI luego de conocer la existencia de algunos proyectos de ley en Argentina que buscan establecer mecanismos de detección o monitoreo de contenidos en Internet. La conclusión del estudio es que esa actividad, sobre todo como se propuso en algunos proyectos de ley, pone en riesgo las garantías fundamentales de los ciudadanos, y amenaza con desmontar el entorno digital abierto y pluralista que conocemos.

En la investigación incluimos una explicación general sobre la arquitectura de Internet y un análisis del concepto de control en la red, haciendo énfasis en los intermediarios y en el uso de tecnologías como la Inspección Profunda de Paquete –deep packet inspection-. Ambas cuestiones (arquitectura y control) las expusimos –aunque de manera breve y simple- porque notamos que en muchos de los proyectos de ley estudiados, los legisladores o entes reguladores que los proponen parecen no tener una buena información sobre estas cuestiones técnicas.

Para suplir esta deficiencia, sugerimos que los proyectos de ley que buscan establecer mecanismos de monitoreo de contenidos en Internet cuenten con un ETIDH. Incluso sugerimos que los resultados de este estudio de impacto se  incluyan explícitamente en la exposición de motivos de la iniciativa.

La idea de contar con este tipo de estudios de impacto no es novedosa, sobre todo cuando se tratan cuestiones de complejidad técnica. En el ámbito de las políticas públicas que pueden involucrar un impacto negativo al medio ambiente, desde principios de los 70’ se incluyó en la legislación de los Estados Unidos normativa que pedía al gobierno federal que evaluara el impacto ambiental de sus decisiones (incluyendo también las acciones llevadas a cabo por los Estados o contratistas privados financiadas por el gobierno federal o en el que éste estuviera involucrado). La Unión Europea regula la obligatoriedad de estos estudios de impacto ambiental desde mediados de los 80’, incluyendo tanto proyectos públicos como privados que puedan tener un impacto significativo en el medio ambiente.

Estudios de impacto ya se requieren cuando existen proyectos que pueden afectar la privacidad. Estos estudios, conocidos como “estudios de impacto en privacidad” –privacy impact assesment –PIA- han sido indicados como necesarios en distintas oficinas gubernamentales en el Reino Unido. De hecho, la oficina del Comisionado de Información de ese país ha elaborado unas guías sobre cómo hacer el estudio.

En conclusión: la necesidad de contar con estudios de impacto antes de ejecutar políticas públicas se viene realizando desde hace muchos años. Por ello, nuestra propuesta consiste en aprender de esos casos y de los beneficios que tienen los estudios de impacto, para exigirlos en las políticas públicas vinculadas con Internet, particularmente cuando se tratan de propuestas de mecanismos para hacer monitoreo de contenidos online. De esta manera, operaría una suerte de “autocontrol” de legisladores y organismos regulatorios: antes de realizar cualquier propuesta se debería contar con un ETIDH realizado por expertos u organismos especializados.

2 comentarios:

  1. Estimado Eduardo, he leido tu interesante propuesta de realizar un Estudio Técnico de Impacto en Derechos Humanos y quisiera hacerte algunos comentarios sobre el particular.
    En primer lugar, quería destacar la tarea desarrollada por el Centro de Capacitación del Senado y la inminente certificación del trabajo de las comisiones legislativas en el marco de las Normas ISO 9001. Todo ello, sin dudas, contribuye a mejorar la tarea parlamentaria.
    Sin perjuicio de ello, quisiera poner el acento exclusivamente en ciertas falencias de técnica legislativa. En ese orden, a mi juicio, una carencia del sistema es la falta de un análisis previo, jurídico y técnico, de los proyectos de ley. Ello ha derivado en que sean presentados – y admitidos formalmente- proyectos de ley que, en algunos casos, presentan debilidades jurídicas, de redacción, de forma, de fondo, etc. La calidad del proyecto de ley dependerá, fundamentalmente, de cada senador y de su propio cuerpo de asesores.
    Una vez remitido el proyecto de ley a la comisión respectiva, se hace un análisis técnico.
    No obstante ello, no siempre las comisiones cuentan con los recursos humanos y técnicos necesarios. Asimismo, los asesores, en algunas ocasiones y temas específicos, suelen verse superados por las altas exigencias que supone el análisis técnico normativo de algunos proyectos de ley.
    Asi también se suele consultar a expertos independientes, juristas, abogados y técnicos de empresas relacionadas con los proyectos, y que realizan importantes aportes técnicos, que suelen ser tenidos en cuenta por los legisladores.
    No obstante, no deja de ser ello un aporte sectorial e interesado. Sobre todo, cuando se consultan a empresas, sindicatos, cámaras, etc.
    Por ello, cabe analizar algunas experiencias del derecho comparado y de otras legislaturas del país.
    En el parlamento español, por caso, existe un cuerpo de asesores letrados, integrados por especialistas en diferentes áreas del derecho, que tiene por tarea central realizar un análisis pormenorizado de los aspectos técnicos y jurídicos de los proyectos.
    Por lo demás, en el derecho español existen, a diferencia de nuestro país, categorías tales como proposiciones de ley –proyectos presentados por los legisladores- y proyectos de ley –los que remite el gobierno. En nuestro sistema, tanto el Poder Ejecutivo como los legisladores presentan proyectos de ley, y tienen en lo formal, similar categorización. No obstante, en la práctica, suele tener una envergadura jurídica mayor el proyecto de ley que envía el PEN, por los diversos sistemas de control que el mismo debe atravesar.
    Por lo demás, el debate en nuestras comisiones es mucho menos regulado que en el caso español. No tiene lugar en Argentina un sistema de enmiendas o vetos a los proyectos de ley. Tampoco se da la figura de la Ponencia, y no existe un Letrado, que asesore jurídicamente.
    En suma, la falta de todas estas instancias, dota al estudio de nuestros proyectos de menor rigor que el caso español.
    En el ámbito de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires existe un órgano de asesoramiento legislativo, relativamente similar en sus funciones al cuerpo de asesores letrados del parlamento español, pero de carácter optativo.
    Pareciera una buena experiencia a adoptar en nuestro sistema, ya que supondría un proceso gradual de incorporación de nuevos institutos orientados a mejorar la calidad de proceso parlamentario.
    En síntesis, me parece que la interesante propuesta de incorporar un Estudio Técnico de Impacto en Derechos Humanos debería ser analizada en el contexto del actual procedimiento parlamentario.
    Cordialmente
    Ricardo Porto

    ResponderEliminar
  2. Muy interesante este aporte a lo propuesta que hicimos. Es interesante la idea que los legisladores puedan tener "a la mano" cuerpos técnicos para que los apoyen. Sin embargo, no lo veo incompatible (de hecho Ricardo no lo dice) con la propuesta nuestra, dado que lo importate es resaltar la necesidad del informe técnico de impacto y que lo haga personal idóneo. Si en las legislaturas se cuenta con ello, bienvenido. Mientras tanto, nuestra sugerencia sigue vigente.

    ResponderEliminar