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24/7/15
Otras formas de censura
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en Twitter @ebertoni. Eduardo Bertoni (Phd, Buenos Aires University) is currently the Representative of the Regional Office for South America of the Inter American Institute of Human Rights. He was the first Director of the Access to Public Information Agency (AAIP) wich is the Argentine Data Protection Authority. He was the founder and first Executive Director of the Center for Studies on Freedom of Expression and Access to Information (CELE) at Palermo University School of Law, Argentina. Before returning to Argentina in 2009, he was the Executive Director of the Due Process of Law Foundation (DPLF) until May, 2006. Previously, he was the Special Rapporteur for Freedom of Expression of the Inter-American Commission of Human Rights at the Organization of American States (2002-2005).
Censura disfrazada de antidiscriminación*
El principal problema surge al ampliar el concepto de acto discriminatorio. Bajo el paraguas que propone el documento aprobado, aparecen acciones y omisiones que “a través de patrones estereotipados, insultos, ridiculizaciones, humillaciones, descalificaciones, mensajes, valores, íconos o signos transmita y/o reproduzca dominación y/o desigualdad en las relaciones sociales, naturalizando o propiciando la exclusión o segregación en razón de pretextos discriminatorios”. El proyecto señala, además, que esta enumeración no es taxativa y que pueden incluirse otros motivos (artículo 5) y la posibilidad de la “discriminación indirecta”, que tendría lugar cuando una norma, criterio o práctica, en apariencia neutra, tiene un impacto negativo en los grupos sociales que la ley busca proteger (artículo 6).
Por otro lado y, de acuerdo con la propuesta, cualquier persona que se sienta afectada por alguna de estas acciones o mensajes puede realizar una denuncia y, a pedido de un juez o de una autoridad administrativa, podrá obligar a la persona denunciada a cesar en la realización del acto discriminatorio en cuestión y recibir una compensación. A su vez, dice el proyecto, podrán adoptarse medidas a fin de prevenir que ese acto se repita (artículo 9).
Ante este panorama, son válidas las dudas y las preguntas a las que hacíamos mención al comienzo del artículo. Por ejemplo, ¿cualquier persona que se sienta discriminada por una ridiculización en la tapa de una revista que utiliza la sátira como principal recurso periodístico podría realizar una denuncia y la revista debería cesar su actividad?
O, si una persona se siente descalificada por una muestra de arte y considera que propicia la exclusión de, por ejemplo, la comunidad católica, ¿podría ir a denunciarla? ¿Este marco legal, que puede ser aprobado en breve, permitiría que esta exhibición sea clausurada? ¿Habilitaría que sean censuradas futuras muestras? ¿Podría, bajo el concepto de “acto discriminatorio”, caer la crítica política?
El marco interamericano de derechos humanos contempla una amplia protección del derecho a la libre expresión. Desde hace al menos 30 años, la Corte Interamericana de Derechos Humanos establece que las leyes que establecen limitaciones a la libertad de expresión deben estar redactadas de la forma más clara y precisa, dado que normas amplias y vagas pueden tener un efecto disuasivo en las opiniones por temor a las sanciones. El principal problema es que la vaguedad en las definiciones puede llevar a interpretaciones judiciales que restrinjan la libertad de expresión y otorguen facultades discrecionales a las autoridades de manera inadmisible para la Convención Americana de Derechos Humanos.
Cabe señalar que la vaguedad con que se presentan algunas de las definiciones del proyecto también podría impactar de forma negativa en el ejercicio de la libertad de expresión en internet, dado que abre la puerta a la baja de “contenidos discriminatorios” sin la intervención de una autoridad judicial.
Sin dudas, el problema de la discriminación debe ser atendido por el Estado. El proyecto de ley, en buena hora, impulsaría la implementación de políticas públicas que favorezcan la promoción y la difusión de prácticas contra la discriminación, que fomenten el “ejercicio real y efectivo de los derechos y libertades de grupos históricos y actualmente vulnerados y discriminados” (artículo 17). Creemos que esta es la línea en la que se debería avanzar: en la promoción de la expresión de los grupos históricamente discriminados. Es decir, en políticas que promuevan más libertades y derechos, y más expresión, no menos.
*Esta nota fue escrita con Verónica Ferrari, Investigadora del CELE y fue publicada originalmente en Infobae aquí.
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en Twitter @ebertoni. Eduardo Bertoni (Phd, Buenos Aires University) is currently the Representative of the Regional Office for South America of the Inter American Institute of Human Rights. He was the first Director of the Access to Public Information Agency (AAIP) wich is the Argentine Data Protection Authority. He was the founder and first Executive Director of the Center for Studies on Freedom of Expression and Access to Information (CELE) at Palermo University School of Law, Argentina. Before returning to Argentina in 2009, he was the Executive Director of the Due Process of Law Foundation (DPLF) until May, 2006. Previously, he was the Special Rapporteur for Freedom of Expression of the Inter-American Commission of Human Rights at the Organization of American States (2002-2005).
21/7/15
Entrevista de María O´Donnel sobre proyecto de ley antidiscriminación
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Entrevistas
en Twitter @ebertoni. Eduardo Bertoni (Phd, Buenos Aires University) is currently the Representative of the Regional Office for South America of the Inter American Institute of Human Rights. He was the first Director of the Access to Public Information Agency (AAIP) wich is the Argentine Data Protection Authority. He was the founder and first Executive Director of the Center for Studies on Freedom of Expression and Access to Information (CELE) at Palermo University School of Law, Argentina. Before returning to Argentina in 2009, he was the Executive Director of the Due Process of Law Foundation (DPLF) until May, 2006. Previously, he was the Special Rapporteur for Freedom of Expression of the Inter-American Commission of Human Rights at the Organization of American States (2002-2005).
3/7/15
The use of the DMCA to stifle free expression
The use of the Digital
Millennium Copyright Act -DMCA- as
a tool for political censorship is neither regionally nor ideologically
specific. In the paper "The use of
the DMCA to stifle free expression" (co-authored with Sophía Sadinsky)
we demonstrates how it has been applied in a range of cases around the world
that are startlingly diverse in terms of their scale, substance, and the
players involved. In other words, we examines the misuse of the Digital Millennium
Copyright Act (DMCA) to censor political and other forms of speech online, with
a particular focus on its impact in Latin America.
The paper reviews the
characteristics and scope of the DMCA and highlights several cases in North and
South America in which the legislation has been used to remove online content. It
briefly outlines the international and regional standards that govern freedom
of expression and how DMCA takedowns violate these norms. Finally, it presents
existing proposals to mitigate the use of the DMCA to censor protected speech
and offers additional recommendations.
The paper was published in
in Revista de Derecho, Comunicaciones y Nuevas Tecnologías No. 13, Enero -
Junio de 2015. ISSN 1909-7786, Universidad de los Andes, Facultad de Derecho,
Colombia. The complete version of the paper is available here.
en Twitter @ebertoni. Eduardo Bertoni (Phd, Buenos Aires University) is currently the Representative of the Regional Office for South America of the Inter American Institute of Human Rights. He was the first Director of the Access to Public Information Agency (AAIP) wich is the Argentine Data Protection Authority. He was the founder and first Executive Director of the Center for Studies on Freedom of Expression and Access to Information (CELE) at Palermo University School of Law, Argentina. Before returning to Argentina in 2009, he was the Executive Director of the Due Process of Law Foundation (DPLF) until May, 2006. Previously, he was the Special Rapporteur for Freedom of Expression of the Inter-American Commission of Human Rights at the Organization of American States (2002-2005).
El uso de la DMCA para restringir la libertad de expresión
En la investigación "El uso de la DMCA para restringir la
libertad de expresión" (escrito en coautoría con Sophía Sadinsky, se examina
el mal uso de la ley Digital Millennium Copyright Act (DMCA, según su sigla en
inglés) para censurar el discurso político y otras expresiones en línea, con
atención especial a su impacto en América Latina.
El trabajo revisa las
características y el alcance de la DMCA y resalta diversos casos en América del
Norte y América del Sur en los cuales se ha usado esta legislación para
eliminar contenido en línea. La investigación resume brevemente los estándares
internacionales y regionales que regulan la libertad de expresión y cómo el uso
abusivo de la DMCA viola dichas normas. Finalmente, presenta las propuestas
vigentes que buscan mitigar el uso de la DMCA para censurar la expresión
protegida y ofrece recomendaciones adicionales.
La investigación fue
publicada en la Revista de Derecho, Comunicaciones y Nuevas Tecnologías No. 13,
Enero - Junio de 2015. ISSN 1909-7786, Universidad de los Andes, Facultad de
Derecho, Colombia. La versión completa del trabajo (en inglés) está disponible aquí.
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en Twitter @ebertoni. Eduardo Bertoni (Phd, Buenos Aires University) is currently the Representative of the Regional Office for South America of the Inter American Institute of Human Rights. He was the first Director of the Access to Public Information Agency (AAIP) wich is the Argentine Data Protection Authority. He was the founder and first Executive Director of the Center for Studies on Freedom of Expression and Access to Information (CELE) at Palermo University School of Law, Argentina. Before returning to Argentina in 2009, he was the Executive Director of the Due Process of Law Foundation (DPLF) until May, 2006. Previously, he was the Special Rapporteur for Freedom of Expression of the Inter-American Commission of Human Rights at the Organization of American States (2002-2005).
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